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Nuestro nuevo estudio, elaborado por Òscar Capdeferro (Universitat de Barcelona), Simona Levi (Xnet) e Isidre Obregon para la Escola d'Administració Pública de Catalunya (EAPC), analiza los límites actuales de los mecanismos de protección a las personas alertadoras en el Estado español y propone mejoras orientadas al desarrollo de una regulación catalana más ambiciosa.
Un sistema desconocido por quienes debería proteger
Los datos recogidos en la investigación revelan una brecha estructural de conocimiento entre el personal público: el 82% desconoce la existencia del canal interno de alertas, el 89% ignora que puede denunciar irregularidades, y el 87% desconoce que puede hacerlo de forma anónima. Esta falta de conocimiento deja el sistema prácticamente sin efecto en la práctica.
Propuestas de mejora en tres niveles
El estudio formula medidas concretas de actuación: reformar la Ley 2/2023 para reducir exclusiones y ampliar la cobertura de protección; desarrollar una normativa catalana que supere el umbral mínimo de la transposición europea; y mejorar la aplicación del sistema vigente mediante sanciones más efectivas, mayor coordinación institucional y una difusión más activa entre el personal público.
Un ciclo de protección integral y preventivo
El informe subraya que la protección no debe activarse únicamente cuando ya se han producido represalias. Un sistema eficaz debe abarcar todo el ciclo: información previa accesible, canales seguros para presentar alertas, investigaciones desarrolladas con plenas garantías procedimentales y protección efectiva en la fase posterior a la denuncia.
Lagunas jurídicas que generan inseguridad
El análisis identifica deficiencias de calado en el marco normativo actual. Si una alerta es inadmitida en un canal, la persona alertadora puede quedar excluida de la protección, incluso si la misma alerta es admitida posteriormente en otro canal. A ello se suman la ausencia de vías claras para exigir protección judicial efectiva y la falta de cobertura de medidas cautelares durante el proceso.
Debilidades en el diseño institucional
El estudio señala, por último, un exceso de dependencia de los mecanismos administrativos en detrimento de la tutela judicial, escasa claridad en el acceso a esta última y ausencia de mecanismos preventivos sólidos frente a represalias. En este ámbito, países como Chipre y Eslovaquia han desarrollado marcos más avanzados que pueden servir de referencia para el caso catalán.
El estudio completo está disponible en la biblioteca digital de la EAPC [CA].


