Apoyamos un caso de NOYB en España contra la instalación del Identificador de Anunciantes de Apple

Hoy, un afectado por abusos de sus datos personales asistido por noyb presenta una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos contra Apple por la instalación del Identificador de Anunciantes (IDFA).

Esta acción se desarrolla simultáneamente en varios países. En España se lleva a cabo con el apoyo de Xnet.

– Reclamación presentada contra Apple Tracking ID (PDF)
 

Otro rastreador. Cada iPhone, incluido el del denunciante, funciona con iOS, el sistema operativo de Apple. De forma predeterminada, iOS asocia automáticamente cada dispositivo Apple a una cadena única de caracteres alfanuméricos conocida como Identificador para Anunciantes («IDFA»).

IDFA, una cookie de creación de perfiles. Apple y terceros (por ejemplo, proveedores de aplicaciones) pueden acceder al IDFA almacenado en el dispositivo de las y los usuarios para rastrear su comportamiento, elaborar preferencias de consumo y proporcionar publicidad asociada. En otras palabras, el IDFA funciona como una cookie de creación de perfiles y, como tal, debe ser previamente autorizado por la o el usuario en virtud del artículo 5 (3) del marco de la regulación de e-Privacy.

La Directiva sobre privacidad electrónica tiene como objetivo proteger nuestros dispositivos de intrusiones externas. Por eso, si alguien quiere almacenar algo en nuestro teléfono inteligente, o acceder a él por cualquier motivo, especialmente marketing, debe solicitar nuestro consentimiento. Esta regla muy simple se aplica independientemente de la tecnología utilizada. Puede ser una cookie, la huella digital del dispositivo o el IDFA, por ejemplo: todas ellas recopilan información de nuestros dispositivos Apple. Una vez más: para estar dentro de la legalidad, IDFA debe requerir el consentimiento de los usuarios”- declara Stefano Rossetti, abogado de privacidad en noyb.eu

Se requiere consentimiento. La evidencia muestra que Apple nunca ha solicitado tal consentimiento a ninguno de sus usuarias y usuarios y, por lo tanto, infringe estructuralmente el Artículo 5 (3) de la Directiva de Privacidad Electrónica.

Apple siempre ha hecho hincapié en el respeto de la privacidad y la protección de datos de las y los usuarios. La denuncia presentada muestra que, al menos en este caso, es posible que la empresa no haya alcanzado necesariamente el alto umbral que se afirma con tanta frecuencia”. – afirma Stefano Rossetti, abogado de privacidad en noyb.eu