Cláusula – Recauda tú mismo tus derechos de autor

[Atenció. Tots aquests recursos, els de la secció Recursos de Cultura Lliure estan desactualitzats des de 2010. Encara que molts encara poden servir, abans d’usar-los s’han de revisar segons la legislació vigent.]

[Per falta de temps i recursos, la traducció al català d’aquesta web no està acabada. Si trobes interessants alguns dels nostres documents i tens temps de traduir-los, ens ho pot enviar (si us plau, reproduint la maquetació). Moltes gràcies!]

 
Cláusula para actuaciones en vivo
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“La COMPAÑÍA declara que ni ella ni ninguno de sus miembros ni ninguno de los autores de ninguno de los elementos que constituyen la obra aquí contratada es socio de la SGAE u otra entidad de gestión nacional o extranjera.
Por esta razón, todos los derechos de autor por la obra aquí contratada se deberán abonar directamente a la COMPAÑÍA y en ningún caso a ninguna entidad de gestión. Se considerará la SALA/FESTIVAL responsable de toda equivocación en estos trámites.
Los derechos de autor que corresponden a la COMPAÑÍA son del …% de la recaudación.”

*Generalmente la SGAE cobra el 10% de la recaudación y retiene para sus arcas entre el 7 y el 15,8% de esa cantidad, dependiendo del tipo de explotación. Decide tú mismo si quieres pedir algo para este concepto. Si decides hacerlo, te sugerimos ser competitivo. Pide menos que la SGAE.